Juzgado ordena a Coomeva el pago de incapacidades a usuario

El Juzgado Primero Penal Municipal de Barranquilla tuteló a la EPS Coomeva por el incumplimiento en el pago de unas incapacidades al señor Carlos Daniel Beleño Parra, teniendo que acudir a una tutela para defender sus derechos fundamentales.
Dentro del fallo, el juzgado tuteló los Derechos Fundamentales, al mínimo vital y seguridad social del ciudadano Beleño Parra, los cuales fueron vulnerado por la mencionada empresa, según las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
De la misma manera se le ordena al Gerente y/o Representante Legal de E.P. Coomeva, el reconocimiento y pago de las incapacidades que le han sido otorgadas al señor Carlos Daniel Beleño Parra, tales como No 12846531 del 27 de octubre de 2020 al 10 de noviembre de 2020 por 15 días; Incapacidad No 12824228 del o6 de octubre de 2020 al 21 de octubre de 2020 por 15 días; Incapacidad No 12812437 del 23 de septiembre de 2020 al 06 de octubre de 2020 por 15 días; Incapacidad del 07 de septiembre de 2020 No 12796029 por 15 días; Incapacidad 10 de julio de 2020 No 12749053 por 15 días; Incapacidad No 12596358 de 21 de enero de 2020 por 10 días; Incapacidad No 12573269 del 03 de enero de 2020 por 15 días; Incapacidad No 12551503 del 16 de diciembre de 2019 por 08 días; Incapacidad No 12627356 del 29 de noviembre de 2019 por 10 días; Incapacidad 14 de noviembre de 2019 No 12504382 por 10 días; Incapacidad No 12436763 del 01 de octubre de 2019 por 10 días; Incapacidad No 12394362 del 06 de septiembre de 2019 por 7 días; Incapacidad No 12380990 del 29 de agosto de 2019 por 5 días; Incapacidad No 12355330 del 14 de agosto de 2019 por 3 días; Incapacidad No 12304496 del 16 de julio de 2019 por 3 días; Incapacidad del 20 de julio de 2019 expedida por el Hospital de polo nuevo por 15 días Incapacidad del 05 de junio de 2019 por 15 días expedida por el Hospital de Polo Nuevo; Incapacidad 20 de marzo de 2019 por 15 días; Incapacidad 04 de mayo de 2019 Por 03 días; Incapacidad del 04 de mayo del 2019 al 19 de mayo de 2019 por 15 días; Incapacidad 14 de abril de 2019 al 03 de mayo de 2019; Incapacidad del 03 de abril de 2019 al 17 de abril de 2019 por 15 días; Incapacidad del 19 de marzo de 2019 al 02 de abril de 2019 por 15 días; Incapacidad del 04 de mayo de 2019 al 15 de mayo de 2019 por 15 días; Incapacidad No 12021582 del 03 de febrero de 2019 al 03 de marzo de 2019 15 días; Incapacidad No 11962819 del 18 de enero de 2019 al 01 de febrero de 2019 por 15 días, que le han sido otorgadas al ciudadano Beleño Parra y todas las Dentro de las consideraciones y de acuerdo a la denuncia ante el juzgado por parte del abogado Dorval Therán Mendoza, apoderado judicial del accionante se dice que esta persona se encuentra vinculado con el empleador K. M. A. Construcciones S. A. S., desde el día 5 noviembre de 2015, desempeñándose como conductor camión doble troque

Se dice que en fecha 15 de Junio de 2016 encontrándose laborando como conductor., sufrió un accidente de trabajo tal y como consta en el formato de informe de accidente de trabajo No. 405535 de la A. R. L. Seguros Bolívar y en la historia clínica expedida por la clínica Santa María S. A. S. de Sincelejo (Sucre).
Manifiesta el empleador empleador se le han venido enviando las incapacidades cada vez que le fueron generadas, remitiéndolas en forma física y en original a través de correo Servientrega directamente a la sede de la empresa KMA Construcciones S.A.S.
Dice el abogado Therán que a mi poderdante no le han pagado las incapacidades desde el 19 de enero de 2019 hasta la fecha, (es decir desde hace un año y 6 meses muy a pesar que se le han enviado las incapacidades a la empresa K.M.A Construcciones S.A.S. vía Servientrega, viéndose afectado mi poderdante ya que es un gasto adicional para la economía del mismo.
