1 febrero, 2026

Se cayó elección del Personero de Santo Tomás y hay que hacer nuevo concurso

Concejales de Santo Tomás con el alcalde Tomás Guardiola. Archivo.
Sin embargo, una de las partes afectada manifestó que apelará este fallo ante el Tribunal Administrativo del Atántico.

El Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, a cargo de Aydé Luz Campo Pernet, aceptó la oferta de revocatoria directa presentada por el presidente de la mesa directiva del Concejo Municipal de Santo Tomás respecto de la resolución No.022 del 28 de noviembre de 2019 junto con su cronograma de actividades y como consecuencia de lo anterior dese por terminado el presente asunto, lo que equivale hacer nuevo concurso.

En la misma parte resolutiva se ordena por secretaría remitir la presente decisión al Tribunal Administrativo del Atlántico en atención a que dicha Corporación cursan recursos de apelación contra los autos de enero 31 de 2020 que suspendió provisionalmente el acto de demandado y agosto 28 de 2020 que resolvió un incidente de nulidad.

Dentro de los considerandos del mismo juzgado se establece, que el Decreto citado, establece en el parágrafo del artículo 2.2.27 3, que “con el fin de garantizar l libre concurrencia, la publicación de la convocatoria deberá efectuarse con no menor de diez días calendario antes del inicio de la fecha de inscripciones”, no obstante en el cronograma de la convocatoria (folio 45 del archivo 01 del expediente digital), se dispuso como fecha de divulgación de la misma el 28 de noviembre de 2019 y la inscripción y recepción de hojas de vida, iniciaba desde dicha fecha hasta el 9 de diciembre.

Es así como lo anterior pone de presente, que los términos de publicación de la convocatoria y el inicio de la fecha de inscripciones corrieron de manera simultánea cuando los mismos debían ser individuales afectando el principio de publicidad que rige este tipo de actuaciones y coartando la posibilidad que distintos ciudadanos asistieran a la referida convocatoria.

En este proceso el abogado demandante es Sergio Luis Fruto Pizarro.

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