28 marzo, 2025

Tutelan a Mintrabajo por violación al debido proceso

Dorval Theran Mendoza, representante judicial del accionante.
El fallo fue amparado por la Sala Civil Familia del Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena.

La Sala Civil Familia del Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena, revocó la sentencia proferida por el Juzgado Sexto de Familia del Circuito de Cartagena de fecha 13 de agosto de 2020, y en su lugar tuteló el derecho fundamental al debido proceso de Caribbean Pest Control S.A.S. por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído. 

En el mismo fallo se ordena al Ministerio del Trabajo, Dirección Territorial de Bolívar, que dentro del término de 48 horas, se sirva dar una respuesta clara y de fondo a la solicitud de Autorización de Terminación de contrato de radicado: 13-001-31-10-006-2020-00174-00 8 trabajo, incoada por por la empresa antes mencionada de enero de 2020, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído. 

Antecedentes 

La promotora del amparo, reclamó la protección constitucional de sus derechos fundamentales de debido proceso, igualdad y confianza legitima. En sustento de la acción, se plantean los hechos que a continuación se sintetizan: En fecha 31 de enero de 2020, la empresa Caribbean Pest Control S.A.S., presenta por medio de su representante legal, abogado Dorval Therán Mendoza, solicitud ante el Ministerio del Trabajo – Dirección Territorial Cartagena (Bolívar)con el fin de que la misma emitiera autorización de terminación de contrato del señor Andrés Felipe Fonseca, que laboraba en la empresa antes mencionada., anexando su respectiva documentación para dicho trámite. – En fecha 27 de febrero de 2020 la entidad accionada expide oficio que expresa que se puso en su conocimiento la solicitud del trámite descrito anteriormente, y junto con ello requiere a la parte accionante los documentos necesarios para tal fin, documentos que aseguro el accionante ya haber presentado junto con el primer escrito. Radicado: 13-001-31-10-006-2020-00174-00 2 – el accionante presenta la documentación requerida y posterior a ello en fecha 14 y 17 de abril presenta escritos impartiendo celeridad y con pretensión de conocer el estado del proceso.  

En fecha 7 de mayo de 2020, por medio de correo electrónico la Dirección Territorial de Bolívar, le envía a Caribbean Pest Control S.A.S., informándole que a su solicitud se le dará trámite a través de la Coordinación de Atención al Ciudadano y Trámite agregando que el correo fue trasladado al Inspector encargado para que informe sobre la gestión, así mismo pone de presente la extensión de la suspensión de los términos para las actuaciones administrativas del Ministerio del Trabajo, por la Pandemia del COVID 19. 

El 7 de mayo de 2020 Ministerio de Trabajo de Cartagena, rinde información del estado del trámite de la solicitud de autorización para terminar contrato de trabajo al señor Andrés Felipe Fonseca López, quien se encuentra discapacitado, información que es controvertida por el accionante puesto que no es relacionada con el caso que ha presentado la compañía Caribbean Pest Control, así como que no hay semejanzas en el escrito. 

En diferentes fechas se vuelven a emitir correos electrónicos solicitando el estado del trámite en mención, y las respuestas aportadas por la accionada son referentes a que los términos están suspendidos con ocasión de la pandemia COVID 19, pero sin resolver de fondo la solicitud impetrada. – El accionante asegura que hasta la fecha de presentación de la tutela no se ha dado una respuesta claro, completa y de fondo de la solicitud presentada. 

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