27 julio, 2024

Participación ciudadana: una asignatura pendiente en la gestión pública

Por. Alberto Redondo Salas.

La Constitución Política de 1991 concibió la participación ciudadana como un derecho fundamental para los colombianos. Esta figura fortaleció los mecanismos de participación existentes y abrió un espacio para que las personas y colectividades incidieran significativamente en el ámbito de lo público y en su cotidianidad mediante ejercicios permanentes de deliberación, concertación y coexistencia con los entes de gobierno y administración pública.

En este orden de ideas, la sentencia No. 180 de 1994 de la Corte Constitucional estableció que la participación ciudadana:

  • Es un modelo de comportamiento social y político, fundamentado en los principios del pluralismo, la tolerancia, la protección de los derechos y libertades.
  • Es una gran responsabilidad de los ciudadanos en la definición del destino colectivo.
  • Implica que el ciudadano puede participar permanentemente en los procesos decisorios no electorales que incidirán significativamente en el rumbo de su vida.
  • Busca fortalecer los canales de representación, democratizarlos y promover un pluralismo más equilibrado y menos desigual.

Desde 1998 la Ley 489 estableció la obligación para todas las entidades de la Administración Pública, de incluir de forma explícita, en sus planes de gestión, planes de acción y planes de desarrollo, la forma en que facilitarían y promoverían la participación de los ciudadanos en su gestión. En el año 2015, el Estatuto de Participación Ciudadana, dio alcance a esta obligación, estableciendo que todas las entidades públicas, deben formular anualmente programas en donde se plasmen las actividades para vincular a las personas y los grupos de interés.

Para operacionalizar esto, el Gobierno Nacional diseñó el Modelo integrado de Planeación y Gestión (MIPG), que es el marco de referencia para que las entidades públicas planeen, ejecuten y hagan seguimiento a su gestión de cara a la ciudadanía. Con el MIPG se busca facilitar la gestión de las entidades y orientarla hacia el logro de resultados en términos de calidad e integridad que generen valor para los ciudadanos, así como el acceso de éstos a la información y acciones desarrolladas por las entidades.

Las entidades públicas del nivel nacional y territorial deben asumir la participación como un elemento inherente a su gestión, formulando un Plan de Participación Ciudadana, que garantice los mecanismos para que las personas puedan participar en las fases de diagnóstico, planeación, implementación, seguimiento y evaluación de la gestión pública, y se trascienda el enfoque tradicional de vigilancia y control. Para esto se deberían tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Identificar ciudadanos agentes de cambio y representantes de las diferentes colectividades.
  • Definir mecanismos y canales de participación.
  • Establecer las áreas claves de intervención.
  • Incluir acciones transversales de capacitación y sensibilización dirigidas a la ciudadanía y a servidores públicos.
  • Definir objetivos, indicadores y metas en cada una de las áreas.
  • Inventariar las necesidades de orden presupuestal, humanas, de infraestructura, materiales, etc.
  • Consolidar y socializar el plan estratégico.
  • Iniciar las gestiones de implementación.

La implementación en el territorio de una política pública de participación debe contemplar criterios como: la planeación inclusiva, los presupuestos participativos, el control social a lo público, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de instancias de participación ciudadana y de organizaciones sociales en estos procesos colaborativos.

Es importante acotar que la información juega un papel crítico en las dinámicas participativas, ya que no sólo se debe tener en cuenta la calidad, sino la facilidad del acceso a la misma, es aquí en donde se evidencian las mayores deficiencias del aparato estatal, por cuanto una óptima gestión documental, tanto física como virtual, de las entidades depende de la voluntad política de quienes estén al frente de la misma y se vincula directamente con la transparencia en la gestión.

El ejercicio pleno de la participación requiere ciudadanos que dispongan de información de calidad, es decir que cumpla con criterios tales como confiabilidad, irrefutabilidad, claridad, precisión, accesibilidad, oportunidad y vigencia. La naturaleza de la información dependerá de las necesidades específicas de cada grupo de interés, por ejemplo, se pueden presentar exigencias de contexto, normas aplicables y vigentes, términos para acceder a un derecho o procedimientos requeridos, entre otros.

Es importante aclarar que cuando se habla de participación ciudadana, ésta no se limita a quienes tengan la mayoría de edad, ya que los jóvenes también pueden ejercer este derecho y este deber, en especial a través de las Juntas de Acción Comunal y los Consejos de Juventud.

La participación se debe relacionar con todos los sectores y dimensiones de desarrollo, contemplando de forma integral lo social, lo económico, lo institucional y lo ambiental, pues tiene una especial importancia desde el punto de vista del fortalecimiento de las entidades públicas y la promoción del desarrollo comunitario.

Finalmente, y ante lo anteriormente expuesto, los invito a la reflexión con respecto a la siguiente pregunta: ¿Qué tanto han avanzado nuestros municipios en el tema de participación activa de los ciudadanos?

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